No, si Usted se matriculó DENTRO del año de obtenido el título de abogado o procurador, se le exime del aporte, a partir del momento que obtuvo la matrícula y por el primer año. En tal situación no tendrá derecho a ningún beneficio que otorgue LA CAJA (Jubilación, Pensión, Subsidios, Préstamos, etc.), salvo que opte por renunciar a esta eximición y abone el aporte de la primera categoría. Si Usted se matriculó DESPUES del año de haber obtenido el título de abogado o procurador, deberá comenzar a realizar sus aportes a LA CAJA al mes siguiente de su matriculación con el importe de la primera categoría.